Rodrigo Rato, quien ejerció como Ministro de Economía bajo la administración de Aznar y ostentó el cargo de director gerente en el Fondo Monetario Internacional (FMI), ha sido objeto de una sentencia por parte de la Audiencia Provincial de Madrid, que le imputa una pena de cárcel de 4 años, 9 meses y 1 día. La condena se relaciona con tres infracciones penales: evasión fiscal, blanqueo de dinero y corrupción entre privados, vinculadas a una supuesta acumulación ilícita de patrimonio.
Dilaciones y Fallo Judicial
La sentencia, emanada por la Sección 7 del tribunal madrileño y documentada en un dictamen de más de 1.100 folios redactados por Ángela Acevedo, presidente de la sección, destaca retardos indebidos durante los más de 9 años que duró el proceso, lo que resultó en una reducción de la sanción para el delito de corrupción, considerándose este aspecto de notable importancia.
Rato, en un gesto de cumplimiento, se presentó personalmente a recibir la sentencia en la Audiencia Provincial de Madrid, anticipando a su llegada, con cierta ironía a los periodistas, disfrutar del momento. Tras ser informado del veredicto, optó por no realizar declaraciones a su salida.
Sanciones y Penalizaciones Económicas
Además, se le han impuesto multas que ascienden a más de 2 millones de euros y debe compensar a la Hacienda Pública con un pago de 568.413 euros. Este fallo puede ser apelado ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Por otra parte, el veredicto aclara que Rato ha sido absuelto de varios delitos fiscales que datan de años previos, concretamente desde 2005 hasta 2015, a excepción de los ejercicios de 2006, 2013 y 2014, por los cuales ha sido condenado.
La defensa de Rato sugiere que es improbable su ingreso en prisión dado que ninguna de las infracciones individuales supera los 2 años de condena y todos los actos investigados acontecieron antes de la reforma penal de 2015, destacando un notable contraste con los 63 años de cárcel solicitados inicialmente por la Fiscalía.
Aspectos Relevantes de la Sentencia
En lo referente al delito fiscal de 2006, el tribunal sostiene que Rato, a pesar de vivir en Washington por sus obligaciones con el FMI, mantenía su patrimonio e interés económico en España, estando obligado a declarar en este país, lo cual efectivamente hizo. Sin embargo, señalan que la Declaración Tributaria Especial presentada por este, no cubría la suma defraudada en dicho año.
Domingo Plazas, asociado en la administración de la empresa Kradonara que Rato empleó para canalizar fondos en el extranjero, ha sido sentenciado a 18 meses de prisión junto con multas, debiendo cubrir de manera solidaria con Rato las compensaciones económicas hacia la Hacienda Pública por esos mismos delitos fiscales.
El fallo también alcanza a Alberto Portuondo por corrupción entre particulares, en relación con la asignación de contratos de Bankia a ciertas agencias, siendo ambos beneficiarios de comisiones ilegales. Sin embargo, otros implicados fueron absueltos por falta de participación en los actos delictivos juzgados.
La respuesta legal a la sentencia sigue en espera de la posibilidad de un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, mientras que la sentencia por ahora no es firme. La Fiscalía anticorrupción había demandado para Rato penas mucho mayores, alegando una ocultación patrimonial y evasión fiscal a gran escala desde 1999, recordando además su acogida a la amnistía fiscal de 2012, la cual, según acusaciones, habría utilizado indebidamente.
Paralelamente, Rato ha tenido otros entramados judiciales, como su absolución por la salida a bolsa de Bankia y su condena confirmada por el uso indebido de tarjetas ‘black’ en Caja Madrid, lo que previamente le condujo a prisión.