Condena a un Hombre por Delitos Sexuales contra una Menor
Un tribunal de Málaga ha dictado una pena de seis años de prisión a un individuo por haber cometido abusos sexuales sobre una niña de nueve años, de cuya familia era conocido y a quien supervisaba ocasionalmente. Junto a esta sentencia, se le ha impuesto una orden de alejamiento de la víctima y una compensación económica de 10,000 euros por daños.
Detalles del Caso
Según la resolución judicial, el acusado mantenía una relación de confianza con la familia de la menor debido a un vínculo establecido desde la infancia del procesado. La madre de la niña había cuidado de él cuando era pequeño, lo cual facilitaba que el acusado tuviera «acceso sin restricciones al hogar» de la niña, participando en su cuidado en algunas ocasiones.
El tribunal ha verificado que, durante un período sin especificar entre julio de 2021 y julio de 2022, cuando la niña tenía entre nueve y diez años, el acusado, con intenciones lascivas, llevó a cabo actos de índole sexual en varias ocasiones.
Además, cada vez que la niña pedía que se detuviera, el acusado «la retenía con fuerza, advirtiéndole que no revelara lo ocurrido a sus padres porque podría enfrentar consecuencias adversas, causando en ella un temor que la llevó a guardar silencio durante un año».
Finalmente, la menor lo confesó debido al «impacto emocional que le provocó insomnio, cambios alimenticios y miedo a la oscuridad», entre otros efectos. El acusado posee una discapacidad mental causada por un déficit intelectual, lo que limita parcialmente sus capacidades, aunque no las anula completamente.
El individuo ha sido sentenciado por un delito reiterado de agresión sexual hacia una menor, imponiéndosele una pena de seis años en prisión. Asimismo, se ha estipulado una medida de tratamiento especial internado en un establecimento adecuado al tipo de trastorno psicológico identificado durante el mismo período.
La medida de internamiento se articulará conforme al artículo 99 del Código Penal, que establece que, en casos de concurrencia de penas y medidas de seguridad restrictivas de libertad, el cumplimento de la medida será prioritario y se descontará del tiempo de la pena.
En ejecución de la sentencia, existe la posibilidad de sustituir la medida de internamiento por una que no prive de libertad. Aparte de esto, se prohíbe al procesado acercarse o comunicarse con la víctima durante siete años. También se le impone una vigilancia de libertad durante cinco años y la obligación de participar en un programa de reeducación sexual.
El tribunal también ha ordenado al condenado compensar a los tutores legales de la menor con 10,000 euros por el daño provocado. Esta sentencia ha sido emitida con la aceptación de las partes implicadas, de acuerdo con la acusación inicial de la Fiscalía.