Normativa sobre los Envases Domésticos y su Clasificación de Deshecho
La obligatoriedad de señalar en los envases domésticos el contenedor adecuado para su desecho comienza a regir el día miércoles, marcando la fecha del 1 de enero de 2025 como punto de partida. Este mandato excluye a los envases destinados al sector B2B, siguiendo las directrices del real decreto sobre Envases y la Gestión de sus Residuos, que distingue entre la información que debe ser forzosamente incluida y aquella que es voluntaria en su marcado, así como señala aquellas indicaciones que están prohibidas.
Desde el Instituto Tecnológico del Plástico (Aimplas) se ha hecho eco de esta nueva regulación, reconociendo que con la promulgación de este real decreto, España toma la delantera en la aplicación de las políticas dictadas por el nuevo Reglamento Europeo de Envases y Residuos de Envases. Este reglamento representa un paso importante hacia la adaptación de los productos de uso cotidiano a un marco regulatorio más estricto, con el 2025 como año de inicio oficial.
Con el propósito de minimizar la producción de residuos por envases, promover su reutilización y asegurar su capacidad de ser reciclados antes del año 2030, esta normativa toma el lugar de la Directiva 94/62 de la Comisión Europea, alineándose con los objetivos de la economía circular.
Implicaciones de los Sistemas de SDDR y SCRAP en los Envases
Una de las innovaciones para el año 2025 es la inclusión del etiquetado que identifique si un envase es reutilizable junto con el símbolo perteneciente al Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR), mecanismo que incentiva la devolución de envases vacíos por parte de los consumidores, mediante un depósito monetario recuperable. Esta dinámica de reciclaje, enfocada inicialmente en envases domésticos de PET y polietileno de un solo uso y de capacidad inferior a 3 litros, deberá adoptarse completamente en dos años.
Además, hay un recordatorio sobre la transformación que involucra a los envases comerciales e industriales mediante su integración en los Sistemas Individuales o Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SIRAPs o SCRAPs). Estos sistemas requieren que las empresas responsables de introducir envases en el mercado asuman la gestión posterior de sus residuos mediante el abono de una tarifa. Este arreglo debe estar firmemente establecido antes del cierre del 31 de diciembre de 2024.
Prohibición y Reducción de Envases de Plástico de Un Solo Uso
En el horizonte del 2030, ciertos envases plásticos de un solo uso serán vetados, incluyendo aquellos utilizados para el embalaje de frutas y verduras no procesadas, así como los destinados al consumo en locales de restauración y hostelería, porciones individuales de aderezos y productos de higiene personal, además de las bolsas plásticas de espesor inferior a quince micras.
Este reglamento obliga además a los fabricantes a minimizar el peso y volumen de los envases, sin comprometer la seguridad ni la funcionalidad del producto, y establece la implementación de una etiqueta estándar que facilite la identificación de envases compostables, con la posibilidad de incluir un código QR que ofrezca información detallada sobre la naturaleza compostable o biodegradable del material.
Implicaciones Para la Industria del Plástico y el Consumidor Final
Aimplas ha subrayado la importancia crítica de los plásticos en diversos campos, desde la conservación de alimentos hasta la seguridad en el transporte, poniendo de relieve cómo estas regulaciones buscan ofrecer un marco de acción claro y transparente que beneficie tanto a los productores como a los consumidores. La claridad en estas normativas promete un impacto positivo a lo largo de toda la cadena de valor del plástico, favoreciendo finalmente al consumidor.