Dom. Oct 5th, 2025
    Comienza la restricción para registrar nuevas viviendas turísticas en 43 barrios de Málaga

    El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha difundido la aprobación preliminar de una enmienda en el Plan General de Ordenación Urbana que regula o restringe la apertura de nuevas residencias turísticas en ciertos vecindarios de Málaga, fundamentada en un nuevo esquema de zonificación de la urbe.

    Implementación de la Restricción

    A partir de la difusión de esta aprobación inicial en el BOP, a partir del martes 14 de enero, habrá 43 vecindarios donde no se permitirán nuevas aperturas de viviendas de uso turístico. Estos son los que exceden el 8% del parque residencial en uso turístico. Además, en 328 vecindarios más, solo podrán registrarse aquellas viviendas que cuenten con acceso y servicios autónomos. Los otros 46 vecindarios no se clasifican como residenciales para esta normativa.

    Zonas Afectadas en Málaga

    Los 43 vecindarios identificados incluyen el Centro Histórico, El Ejido, La Merced, y otros barrios como Lagunillas, Capuchinos, El Molinillo, Ensanche Centro, y más, donde el impacto del turismo es significativo. Esta medida responde a la concentración elevada de alojamientos de este tipo en dichos sectores.

    Detalles de la Modificación del PGOU

    El Ayuntamiento ha destacado que la modificación del PGOU introduce una disposición adicional, en línea con el decreto 31/2024 emitido por la Junta, que autoriza a los municipios para fijar restricciones sobre las viviendas turísticas cuando hay un interés general en juego.

    Análisis y Zonificación

    El informe, sujeto a revisiones constantes, parte de una evaluación de la situación actual para esclarecer si el interés general justifica las limitaciones. Tras analizar diversos parámetros, se ha decidido imponer restricciones en ciertas áreas urbanas, mediante una zonificación que especifica el máximo de viviendas turísticas permitidas en los distintos barrios.

    Según el estudio, los indicadores reflejan presión turística elevada principalmente en los sectores donde las viviendas turísticas representan un porcentaje superior al 8%. Esto ha llevado a proponer limitaciones que buscan aminorar dicha presión en las áreas afectadas.

    La normativa estipula que el porcentaje del 8% se aplicará al número de viviendas familiares disponibles para determinar el máximo de autorizaciones, este cálculo se basa en las inscripciones catastrales.

    Zonas de Crecimiento y Decrecimiento

    Con esta nueva regulación, solo en los vecindarios con capacidad restante se otorgarán nuevas licencias. En aquellos donde ya se ha alcanzado el número máximo permitido, no se permitirán más inscripciones.

    Clasificación de Zonas Urbanas

    La municipalidad ha delimitado varias zonas según el porcentaje de viviendas turísticas registradas. La ‘zona de decrecimiento’ incluye 43 barrios, donde las inscripciones superan el 8%. Por otro lado, la ‘zona de crecimiento acotado’ contiene 32 barrios con una presión turística entre 4,53% y 8%. Finalmente, la ‘zona de crecimiento’, donde el porcentaje es inferior a 4,53%, permite inscripciones de nuevas viviendas turísticas si tienen acceso y servicios separados.

    La revisión del número máximo de viviendas autorizadas será llevada a cabo por el Ayuntamiento al año de entrada en vigor de la nueva normativa, y se repetirá cada cuatro años.

    Adicionalmente, las reglas dictaminadas por el Ayuntamiento en junio, que exigen que las viviendas turísticas tengan acceso y servicios independientes, seguirán vigentes. Esto aplica tanto para vecindarios en zona de crecimiento acotado como en la de crecimiento, y deben cumplirse para que una vivienda se registre en el RTA.

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